Guía sobre el procedimiento de saneamiento de títulos de dominio al amparo del D.L. N° 2.695, el rol del Ministerio de Bienes Nacionales y las principales etapas, plazos y requisitos que enfrentan los poseedores.
Muchas familias poseen y habitan terrenos por años, e incluso por generaciones, sin contar con un título de dominio inscrito a su nombre. El Decreto Ley N° 2.695 ofrece una vía para regularizar esa situación. En esta guía explicamos cómo funciona el procedimiento.
¿Quién puede regularizar?
Puede solicitar el saneamiento quien esté en posesión material de un inmueble (urbano o rural de avalúo no superior al límite legal) de manera continua, exclusiva y sin violencia ni clandestinidad, por un plazo mínimo de cinco años, y que carezca de título inscrito o lo tenga con vicios.
Etapas del procedimiento
- Presentación de la solicitud ante la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Bienes Nacionales, acompañando los antecedentes que acrediten la posesión.
- Revisión y mensura del inmueble.
- Publicación de avisos para dar publicidad a la solicitud y permitir eventuales oposiciones.
- Plazo de oposición de terceros que se crean con derechos sobre el inmueble.
- Resolución que reconoce la calidad de poseedor regular.
- Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. Transcurrido un año desde la inscripción sin que prospere acción en contrario, el poseedor adquiere el dominio por prescripción.
Aspectos a considerar
- El procedimiento no procede cuando existen juicios pendientes sobre el dominio o la posesión, ni respecto de ciertos bienes excluidos por la ley.
- Las oposiciones deben fundarse y acreditarse; una asesoría adecuada permite anticiparlas y responderlas.
- Los plazos varían según la carga de trabajo de la SEREMI regional y la complejidad del caso.
Recomendación
Regularizar un terreno otorga seguridad jurídica: permite vender, hipotecar, heredar y acceder a beneficios y subsidios. Dada la diversidad de situaciones posibles, recomendamos un análisis previo de los antecedentes para definir la mejor estrategia.
Este artículo tiene carácter informativo y general, y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Si desea regularizar un inmueble, contáctenos para evaluar su situación.